Abogados de cesión de derechos
La cesión de derechos es la transmisión de un derecho real o de crédito mediante título a otra persona. En este negocio jurídico el cedente le otorga al cesionario los títulos que tiene sobre algo. Implica que quien recibe los derechos se convierte en el nuevo propietario de lo cedido, en las mismas condiciones que tenía el anterior dueño.
Finalidad de la cesión de derechos
La persona que desea transmitir su titularidad jurídica a otra persona puede hacerlo sobre dos tipos de derechos:
- Derechos reales: es la relación jurídica que existe entre una persona y una cosa. Un ejemplo claro es la cesión de derechos sobre un inmueble. En este caso el cedente le otorga al cesionario el derecho de propiedad.
- Derechos personales: conocidos también como derechos de crédito o de obligación, son los que vinculan a una persona, el acreedor, con otra, el deudor. Se trata del traspaso de titularidad que implica que el deudor deberá responder con su obligación de hacer o no hacer ante el nuevo acreedor.
Efectos de la cesión de derechos
Mediante la cesión de derechos se realiza un cambio de titularidad, es la trasmisión de un derecho a favor de una persona que no formaba parte de una relación jurídica.
Un abogado especialista estará a cargo de tu caso.
Puedes consultarnos por las siguientes materias:
- Cesión de derecho de inmueble
- Hereditarios o herenciales
- Una propiedad y/o un terreno
- Parámetros dentro del código civil
- Litigiosos y posesorios
- Redacción de modelos y contratos
- Entre otros
54 comentarios
Hola tengo un amigo cuya madre murio y tenia derechos sobre una comunidad agricola en Ovalle, se pueden heredar esos derechos?
Gracias
Arístides Aguilera
Hola mi consulta es si una persona mayor de 80 años firma una promesa de venta pueden los herederos objetarla por la edad de esta persona ?
hola mi padre tiene una casa que solo le quiere dejar a una hija....lo puede hacer si tiene mas hijos.?? que podriamos hacer nosotros si es asi.
Hola Nicole, gracias por escribirnos. Nuestra legislación no permite heredar bienes solo a una parte de los herederos, a menos que existan causales legales para que no sean dignos de suceder todos. Si gustas podemos agendar una reunión online para asesorarte! Te enviamos un correo electrónico para contactarte! Saludos
hola mi ex me quiere ceder en totalidad su propiedad que se necesita para esto
Ines gusto de saludarte, agradezco que estés participando de nuestro blog. Sobre tu consulta, para ello debes realizar un contrato de Compra y Venta, de esa forma transfieres el dominio de la propiedad quedando a tu nombre.
Podemos ayudarte con la redacción de escritura y tramites, te enviamos un correo de contacto!
Saludos
Hola buenas noches mi pareja ( aún no estamos casados) compro un terreno en el cual estamos construyendo una casa y queremos ponerlo ahora a nombre de los dos. Que debemos hacer y que me recomienda.
Hola Cristina!, Gracias por escribirnos, si gustas podemos agendar una reunión online para asesorarlos al respecto. Te envié un email de contacto!
Saludos!
Hola necesito saber como ceder mis derechos sobre una propiedad
Hola Fabiola, la cesión de derechos se realiza mediante escritura pública y posteriormente se debe inscribir en el Conservador de Bienes Raíces. Esta cesión se puede realizar a través de una compra y venta. Te enviamos un correo electrónico para contactarte y orientarte.
Hola, me dijeron que en notaria ya no se está haciendo el contrato de compra venta de secion de derechos, como se podría vender esos derechos?
Estimado Miguel, te hemos enviado un correo electrónico para ponernos en contacto. Saludos
Hola mi hermano me cedera los derechos de una propiedad de mi madre fallecida somos dos herederos el vive en Antofagasta y yo en Santiago la propiedad está en Santiago puedo hacer el trámite en Antofagasta y que documento necesito.
Hola José! Si puedes hacer tu cesión de derechos tanto en Santiago como en Antofagasta, lo importante es que ambas partes firmen en la misma notaria, y posteriormente se inscriba en el Conservador de Bienes Raíces de la propiedad. Nosotros podemos realizar la Escritura de Cesión de Derechos, te enviaremos un correo electrónico de contacto!
Cuanto sale hacer documento de cesion de derechos (abodado) de propiedad por herencia mas notaria
Pedricio abodado y notaria
Eduardo, gracias por escribirnos. Te hemos enviado un correo electrónico con la información sobre valores de Cesiones de Derecho, saludos!
Hola me hacen un préstamo pero como garantía tengo que poner mi propiedad hasta finalizar el pago como o que debí hacer
Hola Romina, te enviamos un correo de contacto para brindarte una mejor atención! Saludos
Hola buenas noches mi consults es mi padrasto tiene un terreno que es herencia me quiere vender una parte como secion de derecho al comprarle yo puedo tener problemas con sus hijos legitimos si el llega a fallecer me podria orientar en esto porfavor!!!! Gracias
Hola Evelyn, el puede disponer libremente de sus bienes, con lo que tu me comentas, no veo inconveniente en realizar la cesión de derechos. De todas maneras te enviamos un correo electrónico para conversar y orientarte. Saludos
Hola quiero comprar una propiedad en el litoral y muchas dices , sesión de derechos inscrito en el conservador de bienes raíces,que significa,puedo comprar nomás o hay algo raro ahí.
Gracias
Adela, gracias por escribirnos. Efectivamente es una forma muy popular de venta de terrenos, pero tiene ciertas desventajas, debido a que no estas comprando la propiedad en sí. Te hemos enviado un correo electrónico para mejor atención.
Saludos
Buenos días, un señor me quiere ceder los derechos (compra) de un terreno rústico 5400 metros. Tiene la certificación de subdivisión del SAG . También hicieron el sorteo de asignación de lotes ante notario , pero todavía el terreno no tiene rol propio . Fui al Conservador de bienes Raices y revisaron la documentación (certificado de dominio y certificado de prohibiciones) , esta todo bien para tranferir. Será muy engorroso sacar el rol propio del terreno ?Muchas gracias.
Hola Alexandra, gusto de saludarte.
Siempre sugerimos comprar terrenos con rol propio, ya que es de la única forma en la se adquiere un terreno en cuerpo cierto a diferencia de lo que ocurre con las cesiones de derecho. De todas maneras te hemos enviado un correo electrónico de contacto para asesorarte! Saludos
Hola! Cuál es el riesgo si compro una cesion de derecho hereditario de un inmueble? Esta persona tiene el 75% de los derecho. Hay dos herederos más que no aparecen. Que pasa si compro y aparecen esos herederos?
Hola Mirian, Te comento que su compras la cesión de derechos, dependiendo del porcentaje que compres, serás dueña de ese porcentaje. Los herederos restantes dueños presumiblemente del 25% restante de lo que comentas, pueden pedir la partición de la herencia, o bien venderte su parte de los derechos. De todas maneras, te hemos enviado un correo electrónico de contacto, Saludos!
Hola soy casada hace más de cuarenta años con mi esposo tenemos una propiedad en común tenemos tres hijos pero yo quisiera dejar en caso de fallecer mi parte de la casa a mi nieto que ahora tiene catorce años, mi marido es mucho mayor que yo por eso creo que el fallecerá primero solo quiero dejar a mi nieto con algo gracias
Carmen gusto de saludarte, según nuestra legislación lo que puedes hacer es disponer de una parte de la herencia en favor de tu nieto. Te hemos enviado un correo electrónico de contacto, Saludos!
Somos 2 hermanos y mi madre. Mi padre fallecio y deja en herencia una empresa y varios terrenos. 2 dias despues de la muerte de mi padre, mi hermano junto con mi madre cambiaron el nombre de la empresa al nombre de mi madre sin que yo haya sido consultada. Es eso legal? La empresa es del tipo persona natural.
Jessica, gusto de saludarte. Te hemos enviar un correo de contacto para brindarte una mejor atención. Saludos!
Buenaa tardes.Mi consulta es la siguiente:..Mi padre adquirio una cesion de derechos de unas hectarias y en esa herencia le toca tambien una casa.Mi padre se caso con mi mama en sociedad conyugal, mi madre fallecio hace 2 meses.Ahora me toca hacer la posesion efecriva de todo, incluso de la cesion de derechos que adquirio mi papa.Mi pregunta es: ¿ que diria el ceerificado de dominio vigente respecto a la cesion de derecho?...¿puede mi papa meter la cesion de derecho en la posesion efectiva?...gracias!!!!
Hola Victor gusto de saludarte, en cuanto a tu pregunta sobre el certificado de dominio vigente respecto a la cesión de derechos adquirida por tu padre, es posible que el certificado no refleje directamente la existencia de la cesión de derechos, ya que este documento sólo muestra los titulares inscritos en el Registro de Propiedad, y no necesariamente refleja todas las situaciones jurídicas que pueden afectar a un inmueble, como las cesiones de derechos.
No obstante, si tu padre cuenta con algún documento que acredite la cesión de derechos que adquirió, como un contrato de compraventa, escritura pública u otro documento debidamente protocolizado, este puede ser presentado ante el conservador de bienes raíces correspondiente para su inscripción en el Registro de Propiedad. De esta manera, se dejará constancia de la existencia de la cesión de derechos a favor de tu padre.
En cuanto a la segunda parte de tu pregunta, sí, es posible incluir la cesión de derechos en la posesión efectiva, siempre y cuando esta haya sido debidamente inscrita en el Registro de Propiedad correspondiente antes del fallecimiento de tu madre. En caso contrario, es posible que deba realizarse algún trámite adicional para regularizar la situación y poder incluir la cesión de derechos en la posesión efectiva.
Te recomiendo que agendemos una asesoría online con nosotros para que te asesore de manera específica en tu caso y te guíe en todo el proceso de posesión efectiva.
Buenas noches mi padre dejo una hijuela donde reparte un terreno para mi hermano que es especial y mi padre murio y mi hermano sigue con el terreno pero ya el recien fallecio pero no hay otro documento,como haria yo para reclamar ese terreno y he verificado y no esta registrado en registo publicos. y soy el unico desendiente despues de mi hermano.
Hola David, gracias por escribirnos!
De acuerdo a lo que me señalas, eres el único heredero de tu hermano.
Lo primero que habría que realizar es revisar los documentos de la propiedad para ver a nombre de quien esta y de acuerdo con eso, realizar las posesiones efectivas correspondientes si procediera. Si gustas podemos agendar una reunion de asesoría online para entregarte una mejor atención. Te hemos enviado un correo electrónico!
Hola, con mi pareja nos estamos separando y quiere vender la casa que está con crédito hipotecario, existe la posibilidad de que me traspase la casa a mi nombre y yo seguirla pagando para no perderla? (No estamos casados)
Hola Leila, claro que se puede. Nosotros podemos asesorarlos para que puedan llevar a cabo su gestión.
Te envie un correo de contacto!
Saludos
Hola
Mi abuelo materno falleció hace 23 años y dejó a mi madre y su hermano ( mi tío) una casa en herencia. A la fecha no han hecho trámites de posición efectiva y la casa sigue registrada como en sucesión. Mi tío vive en el terreno de esa casa pero en otra casa y desde antes de que falleciera mi abuelo y mi madre no ha realizado ningún tipo de trámite para pedir la parte que le corresponde como heredera. Ambos ahora son adultos mayores y mi madre me dará un poder general.
¿Cuáles serían los pasos a seguir para legalizar los herederos?
Gracias
Hola Paola! gracias por escribirnos, habria que revisar cual fue el ultimo tramite realizado y verificar con el titulo de la propiedad, de ahí ver que es lo que deben hacer. Probablemente comenzar con posesión efectiva. Si gustas y para darte una mejor respuesta podemos agendar una asesoría online. Te envíe un correo electrónico de contacto!, Saludos
Hola., Si compro un terreno por seción derechos esto significa que ni en 1000 años ese terreno será mío o hay alguna forma de posterior mente obtener una inscripción y un rol propio?..puedo contruir una vivienda propia en un terreno por seción de derechos?...
Gracias
Hola German, en parte estas en lo correcto las vías de regularización de terreno son muy escasas y sujetas a ciertos requisitos determinados, sobre todo con la nueva modificación a la ley se dificulta aun mas la regularización.
Siempre se recomienda no realizar la compra de terrenos por esta vía, y por ende mucho menos construir en ellos.
Te hemos enviado un correo electrónico para mayor información
Saludos
Hola, he visto varios terrenos con casas y la gran mayoría no tienen rol, pero están inscritas, es muy riesgo comprar una propiedad en estas condiciones, cuales serían los puntos negativos, gracias.
Hola Alonso, gusto de saludarte. Efectivamente es riesgoso comprar este tipo de propiedades, debido a:
1. Incertidumbre respecto de la propiedad: Si no posee rol propio, no estará debidamente inscrita en el registro de propiedad y por ende no tendrás certeza de su legalidad y titularidad.
2. No podrá optar a financiamiento: El no contar con rol propio impedirá que pueda optar a creditos en instituciones financieras.
3. Problemas con servicios básicos, ya que puede no estar registrada en los organismos de servicios básicos.
Como te puedes dar cuenta, estos son algunos de una serie de problemas que pueden surgir, por ende te sugiero siempre asesorarte bien al momento de comprar un inmueble.
Puedes contactarnos a traves de nuestros canales de atención para mayor información,
Saludos!
Quiero ceder mis derecho de una vivienda a mi esposa, como lo hago y donde,
Estimado Andres, lamento comentarte que no se pueden celebrar contratos entre cónyuges por regla general.
Si quieres saber sobre los casos excepcionales en los que se podría, puedes agendar una Reunion online para asesorarte con nosotros.
De todas maneras te hemos enviado un correo de contacto! Saludos.
Hola buenas noches. Tengo una pregunta. Resulta que compré un terreno de 450 metros cuadrados a una sobrina pero ella había comprado hace un año atrás el terreno de 5000 metros cuadrados. Cuánto tiempo tiene que pasar para que ella me haga un sesión de derecho ya que lo que le compré es 450 metros cuadrados. Segun la ley no me puede hacer escritura. Ella tiene escritura inscrita en bienes raíces..
Estimado Miguel, gracias por escribirnos. Lamentablemente ya no es posible ceder derechos respecto de un inmueble inferior a los 5.000 metros cuadrados, esta escritura no será autorizada en Notarias ni tampoco inscritas en Conservador de Bienes Raíces. Le sugiero intentar dejar nulo el contrato celebrado entre ustedes.
Le hemos enviado un mail de contacto!
Saludos
Mi tia me cedió sus derechos hereditarios de su marido universalmente . Ademas de ella hay dos hijas que son herederas. Si una de las herederas firma contrato compraventa con corredora de propiedades desconociendo mis derechos en propiedad a vender. Esta corredora me puede obligar a vender la cuota cedida si yo no firme esa compra-venta. Y no quiero ceder?
En el caso de cederle mi cuota al comprador puedo vender mi porcentaje por un pago real y de acuerdo al avaluo comercial de la propiedad. Agradeceria respuesta. Desde ya muchas gracias.
Emperatriz, gracias por escribirnos!! Lo primero que debemos revisar es si la cesión de derechos se encuentra inscrita en el Conservador de Bienes Raíces respectivo, si es así solo puede vender los derechos que posee, y no la propiedad completa.
Respecto de su cuota, claro que puedes vender su porcentaje a un precio diferente, sin embargo debe considerar que siempre los derechos respecto de la propiedad son "castigados" ya que lo que se vende no es la propiedad propiamente tal sino una parte de ella.
Si tienes dudas o consultas, puedes contactarnos por nuestros canales digitales WhatsApp o correo electrónico!
Saludos!
Hola, mi señora tiene el 50% de derecho sobre la casa familiar (el resto es de otros 3 hermanos, los padres fallecieron hace mucho) ninguno vive ahi y la casa entera esta arrendada, y la renta se reparte entre ellos en esa proporcion. Queremos construir un 2º piso y vivir nosotros a futuro ahi. El arriendo del 1º piso seguiria igual. Mi esposa dice que ella ya no recibiria su parte del arriendo del 1º piso porque al vivir en la casa ella estaria usando la casa y perderia su parte del arriendo, y yo creo que no, porque el 1º piso sigue arrendandose en la misma condicion. Otra consulta, si nosotros pagamos toda la construccion del 2º piso y también se arrienda, Deberiamos compartir la renta del arriendo con los hermanos de ella? (yo pienso que si, una vez hayamos recuperado el gasto de esa ampliación). Disculpe lo extenso. Gracias.
Calixto, gusto de saludarte!,para dar respuesta a tu consulta, hemos enviado un correo electrónico para mejor atención, gracias por escribirnos!
Buenos días, quiero ceder mis derechos sobre nuestra propiedad a mi esposa. Como debo hacerlo para que tenga validez legal y cual sería el costo.
Muchas gracias
Saludos
Walter gracias por escribirnos. A tu consulta, primero es necesario saber cuál es el régimen conyugal que poseen, ya que por regla general entre cónyuges no pueden realizar contratos. Sin embargo existen excepciones en donde podría realizarse. Si este fuera el caso, podría hacerse una cesión de derechos por escritura publica ante notario y posterior inscripción en Conservador de Bienes Raíces.
Te hemos enviado un mail de contacto para mayor información.
Saludos
Buenos día. Necesito ayuda. Una tía me quiere vender un terreno de 350m2 que pertenece a la 12ava parte de un gran terreno. Existe una cesión de derechos documento en el cual figuran lo 8 propietarios (los 3 restantes ya hicieron el título de dominio y tienen su rol único). La pregunta es, como hacer que ese terreno pase a mi nombre o que en la cesión de derechos aparezca yo y no ella para, en 5 años más, poder acreditar que el terreno fue mío por esos 5 años y poder hacer el título de dominio propio. Actualmente hicimos un compromiso de compra venta en notaría porque nos dijeron que era lo único que se podía hacer ya que ya no se estaban haciendo ventas de cesiones de derecho según nueva ordenanza. Por favor ayuda!
Hola Antonieta!, Lamento comentarte que si no eres heredera directa no podrás realizar cesión de derechos debido a que no se encuentra permitida la cesión de derechos como modo de subdividir predios inferiores a los 5.000 metros cuadrados.