Estudio juridico Nº1 en Chile. Niebusky Abogados

Delito en el cual la persona titular de una cuenta corriente o el representante de la misma, gira un cheque sin contar con los fondos o créditos necesarios en la entidad bancaria. O en el caso de que, luego de girar el cheque, retire fondos disponibles, gire sobre una cuenta sin existencia, cerrada o invalide el cheque fuera de casos especiales autorizados por la ley. 

Las sanciones debido al delito de Giro Doloso de Cheques se encuentran expresadas en el artículo 467, número 3 del Código Penal y dependerán del monto total del cheque. Siendo semejantes a las ejecutadas en el delito por estafa:

• Presidio menor en grado medio a máximo tiene una pena de 541 días a 5 años y una multa de 11 a 15 UTM si la defraudación es superior a 40 UTM

• Presidio menor en grado medio, tiene una pena de 541 días a 3 años y una multa de 6 a 10 UTM, si la defraudación es superior a 4 UTM y no pasare de 40 UTM

• Presidio menor en grado mínimo, tiene una pena de 61 días a 540 días y una multa de 5 UTM, si la defraudación es menor a 4 UTM

También está el caso, de que la persona sea víctima de hurto, robo o extravío de un cheque, en donde deberá cumplir con las obligaciones expuestas en el artículo 29 de la ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, en las que deberá notificar a la entidad bancaria correspondiente para suspender el pago del mismo durante 10 días; publicar el aviso de lo sucedido, en un diario local por 3 días; pedir la anulación del cheque extraviado a la persona que hizo el giro de cheque y otorgué uno nuevo en el plazo de 10 días. 

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